• Tema del mes
    • Cambios en las pensiones puente (10)
      A partir del 1 de enero de 2024 cambiará la normativa para determinar el derecho a una pensión puente. El derecho a esta pensión de vejez ya no dependerá del trabajo realizado por el titular en condiciones especiales o de carácter especial antes del 1 de enero de 1999. Se trata de un cambio favorable, ya que no supondrá la extinción del derecho a jubilación anticipada para este grupo de asegurados. Además, se han aclarado las disposiciones sobre compensación y suspensión de la pensión puente en caso de que las personas que reciben dicha pensión de vejez realicen simultáneamente un trabajo.
  • Derecho laboral
    • Licencia parental tras cambios en la normativa (15)
      Uno de los derechos básicos de los empleados relacionados con la paternidad es el derecho a la licencia parental. Esta licencia se concede a solicitud del empleado, presentada en formato papel o electrónico. Un empleado que tenga derecho a un permiso para el cuidado de sus hijos podrá ejercer el derecho a reducir la jornada de trabajo. El ejercicio de este derecho no reduce la duración del permiso parental.
  • Salarios
    • El plazo para el pago de la remuneración y las consecuencias de su incumplimiento (25)
      El Código del Trabajo restringe la discreción del empleador a la hora de determinar las fechas y la frecuencia de los pagos de salario. Cada empleador puede regular estas cuestiones de la forma que le convenga, pero los plazos que fije no pueden ser menos favorables que los que resulten del Código del Trabajo. La violación de las disposiciones sobre el pago de la remuneración, el empleador soporta ciertas consecuencias. Pueden ser p.e. la rescisión del contrato de trabajo por parte del trabajador sin previo aviso, la obligación de pagar los intereses legales por demora, así como la responsabilidad por infracción.

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